EL HUEVO Y EL FUERO
por Jorge Castelló.
Me sorprendió* leer (gracias a Abril que me envió el recorte) el título de esta sección en uno de los artículos de don Andrés Trapiello en el Magazine de La Vanguardia (y otros diarios). Trapiello escribe en su Costanilla de los desamparados sobre el canon que va a gravar el préstamo público de libros del que Sergio (con el que coincido en esto) ya opinó aquí y aquí.
Pero Trapiello en su artículo comete una imprecisión (lapsus teclae) y peca de ingenuo. La imprecisión se refiere a la duración de los derechos de autor dice don Andrés:
(...) El hecho de que estos derechos prescriban a los ocheta años (…)
Realmente el plazo de duración de los derechos de explotación derivados de la autoría es de 70 años tras la muerte del autor. (Artículo 26 de Ley de Propiedad Intelectual)
¿Y en qué creo que peca de ingenuo? En esta diferenciación entre Estado y bibliotecas:
(…) contra lo que uno creía o lo que se le había explicado, parece que será el Estado y no las bibliotecas o los usuarios los que paguen el canon. (...)
¿De verdad cree que el estado va a desviar fondos de otras partidas, que no sean los propios presupuestos de las bibliotecas, para pagar el canon? Ojalá lo haga pero atendiendo antecedentes es algo difícil de creer.
Pueden leer el artículo de Andrés Trapiello pulsando aquí.
por Jorge Castelló.
Me sorprendió* leer (gracias a Abril que me envió el recorte) el título de esta sección en uno de los artículos de don Andrés Trapiello en el Magazine de La Vanguardia (y otros diarios). Trapiello escribe en su Costanilla de los desamparados sobre el canon que va a gravar el préstamo público de libros del que Sergio (con el que coincido en esto) ya opinó aquí y aquí.
Pero Trapiello en su artículo comete una imprecisión (lapsus teclae) y peca de ingenuo. La imprecisión se refiere a la duración de los derechos de autor dice don Andrés:
(...) El hecho de que estos derechos prescriban a los ocheta años (…)
Realmente el plazo de duración de los derechos de explotación derivados de la autoría es de 70 años tras la muerte del autor. (Artículo 26 de Ley de Propiedad Intelectual)
¿Y en qué creo que peca de ingenuo? En esta diferenciación entre Estado y bibliotecas:
(…) contra lo que uno creía o lo que se le había explicado, parece que será el Estado y no las bibliotecas o los usuarios los que paguen el canon. (...)
¿De verdad cree que el estado va a desviar fondos de otras partidas, que no sean los propios presupuestos de las bibliotecas, para pagar el canon? Ojalá lo haga pero atendiendo antecedentes es algo difícil de creer.
Pueden leer el artículo de Andrés Trapiello pulsando aquí.
*¡Qué quieren que les diga: me alegra coincidir aunque sólo sea tergiversando un refrán con tan exquisito escritor!
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